jueves, 10 de marzo de 2011

Congreso sin ley

Hoy vamos hablar de nuestra Bandera Nacional. Quédense por lo pronto con esta “hermosa” imagen de nuestro Congreso Nacional también conocido como Cámara de Diputados ubicado en San Lázaro, en la Ciudad de México.




Seguimos, pues, adelante. Desde Don Venustiano Carranza quedó la bandera más o menos como la conocemos actualmente. En 1968 el Lic. Gustavo Díaz Ordaz, presidente de México, emitió un decreto de Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional. Posteriormente aunque se abrogó esta ley, se emitió otro decreto de Ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y el 8 de febrero de 1984 empezó a funcionar esta ley, siendo presidente el Lic. Miguel de la Madrid Hurtado. En lo esencial y fundamental quedó igual que el decreto de 1968. Se hicieron algunas precisiones y se ampliaron las fechas en que se izaría la bandera en forma especial, destacándose aniversarios de nacimiento y luctuosos de nuestros héroes nacionales, entre otras causas. Pero veamos que dice la citada ley en lo fundamental:

Artículo 73 fracción XXIX-B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: El congreso tiene facultad para legislar sobre las características de la Bandera, del Escudo e Himno Nacionales (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la Federación el 24 de octubre de 1967. Modificado por la reimpresión de la Constitución, publicada en el diario oficial de la Federación el 6 de octubre de 1986)

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1984
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 23-06-2010

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES.
CAPITULO PRIMERO
De los Símbolos Patrios


ARTÍCULO 1o.- El Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, son los Símbolos Patrios de los Estados Unidos Mexicanos. La presente Ley es de orden público y regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la Bandera, los honores a esta última y la ejecución del Himno.


CAPITULO SEGUNDO
De las características de los Símbolos Patrios
ARTÍCULO 2o.- El Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago, sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicírculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacional.


Cuando el Escudo Nacional se reproduzca en el reverso de la Bandera Nacional, el águila mexicana se presentará posada en su garra derecha, sujetando con la izquierda y el pico la serpiente curvada.
Párrafo adicionado DOF 09-05-1995


Un modelo del Escudo Nacional, autenticado por los tres poderes de la Unión, permanecerá depositado en el Archivo General de la Nación, uno en el Museo Nacional de Historia y otro en la Casa de Moneda.


ARTÍCULO 3o.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra.
Un modelo de la Bandera Nacional, autenticado por los tres poderes de la Unión, permanecerá depositado en el Archivo General de la Nación y otro en el Museo Nacional de Historia.


ARTÍCULO 17.- Las Banderas para los inmuebles a que se refieren los artículos anteriores, tendrán las dimensiones y la conservación adecuadas a su uso y dignidad, y se confiarán al cuidado del personal que para el efecto se designe, el cual vigilará que en las fechas correspondientes sean izadas y arriadas puntualmente, con los honores relativos, en donde fuere posible.



Les voy a pedir a todos ustedes que pongan atención a las partes subrayadas y resaltadas con negrita en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que aparece en líneas anteriores y observen con detenimiento la fotografía que aparece al inicio de este artículo. Deberán de darse cuenta de lo siguiente:

1.- Puede observarse que las banderas allí expuestas en la fotografía no cumplen con las características señaladas por la Ley: Aparentemente no tienen la misma medida cada uno de los colores.

2.- La bandera que aparece a la izquierda de la fotografía parece ser la que todos conocemos, pero la forma en que está extendida visualmente se observa lo señalado en el punto 1.-

3.- La bandera situada a la derecha de la fotografía no existe en el mundo ni pertenece a ningún país y mucho menos a México, porque empieza con el color rojo, sigue el blanco y termina con el verde. Es como una imagen en “espejo”. Además el águila está situada al revés de cómo señala la Ley sobre el Escudo, Bandera e Himno Nacionales y CARECE DE TODA DIGNIDAD CON QUE DEBE SER TRATADA NUESTRO LÁBARO PATRIO.

4.- Ambas banderas están unidas por un moño tricolor con los colores nacionales, lo cual NO ESTA PERMITIDO por la Ley sobre el Escudo, Bandera e Himno Nacionales. La bandera no debe tener NADA QUE LA ADORNE, EXCEPTO POR EL ESCUDO NACIONAL EN EL COLOR BLANCO.

5.- El Congreso modificó la Ley del Escudo, Bandera e Himno Nacionales y NADIE, NINGÚN DIPUTADO, NI SENADOR, NI PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, NI NINGÚN SECRETARIO QUE HAN SIDO PARTE DEL EQUIPO PRESIDENCIAL DURANTE SUS COMPARECENCIAS, DESDE QUE SE INAUGURÓ EL CONGRESO NACIONAL DE SAN LÁZARO, A PARTIR DE LÓPEZ PORTILLO, HAN DICHO NADA DE ESTE HECHO INSÓLITO Y QUE REBAJA A LA BANDERA NACIONAL EN EL PROPIO RESINTO DEL CONGRESO ¡QUÉ VERGÜENZA SEÑORES LEGISLADORES, SEÑORES PRESIDENTES, SEÑORES SECRETARIOS! ¡EN TANTOS AÑOS NO SE HAN PERCATADO DE ESA OFENSA A NUESTRA BANDERA! Nosotros los sin voz sí nos dimos cuenta, pero los ensoberbecidos por el poder no nos escuchan.
Todo parece ser “culpa” del decorador que ocuparon para arreglar el interior de la cámara de diputados, Recinto de El Congreso Nacional. O del arquitecto que lo diseñó así para darle “equilibrio” a la presentación del recinto. PERO NO LOS VERDADEROS CULPABLES SON AQUELLOS QUE SE SUPONEN SABEN DE LEYES, NO HAY MÁS CULPABLES QUE ELLOS. ESA FOTOGRAFÍA LOS DESNUDA EN SU IGNORANCIA Y AL PUEBLO EN GENERAL NOS HACEN PENSAR QUE SON INJUSTIFICADOS LOS ALTOS SALARIOS Y PREVENDAS QUE DEVENGAN Y QUE NO LOS MERECEN. ESO PIENSO YO. ASÍ QUE…(Con todo respeto) VAYA PARA TODOS USTEDES LA MISMA SEÑAL QUE USO EN ESE CONGRESO UN PRIISTA. Además sepan que ninguno de ustedes inspiran confianza, ni credibilidad, porque anteponen sus obligaciones partidistas a los deberes sagrados con toda la Nación Mexicana. Todos quieren el poder pero ninguno sabe para qué lo quiere si no es para enriquecerse ilícitamente (¿Es licito ganar en un mes igual que veinte profesionistas recién egresados o más que cien médicos en el internado de pregrado?) porque entre ustedes todo se cubren y todo se perdonan, si no para eso está el fuero que los hace ciudadanos de primera intocables ¡Reyezuelos de Distritos electorales! Y no nos vengan con el cuento de que sólo están mostrando las dos caras de la Bandera Nacional ¡Por favor! La ley no lo permite y punto.


Lo peor de todo es que ese “ejemplo” de ignorancia lo están siguiendo muchos congresos locales estatales, de varios estados del país y hoy puede verse en el congreso del Distrito Federal.

Un trato digno a nuestra Bandera Nacional puede verse en el recinto de los senadores de la República, donde se ven dos banderas mexicanas puestas una a cada lado de la mesa de la presidencia. Elegantes y sencillas. Inspiradoras.

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